Despido por otras causas
Se trata de hechos extraordinarios imprevisibles o inevitables que imposibilitan definitivamente el desarrollo del trabajo (incendio, inundación, etc.). La existencia de fuerza mayor deberá ser constatada por la autoridad laboral, cualquiera que sea el número de trabajadores/as afectados/as. El expediente se iniciará mediante solicitud de la empresa, acompañada de los medios de prueba que estime…
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