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Técnicas básicas de PRL para mandos intermedios

1. EVALUACIÓN DE RIESGOS:

     La evaluación de riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

    En sentido general, y admitiendo un cierto riesgo tolerable, mediante la evaluación de riesgos se ha de dar respuesta a: ¿es segura la situación de trabajo analizada? El proceso de evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:

1.- Análisis del riesgo, mediante el cual se:

 – Identifica el peligro.

 -Se estima el riesgo, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias de que se materialice el peligro.

 El Análisis del riesgo proporcionará de qué orden de magnitud es el riesgo.

2.-Valoración del riesgo:

Con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión. Si de la Evaluación del riesgo se deduce que el riesgo es no tolerable, hay que controlar el riesgo.

Al proceso conjunto de Evaluación del riesgo y Control del riesgo se le suele denominar Gestión del riesgo.

La evaluación de riesgos sólo podrá ser realizada por personal profesionalmente competente, y debe hacerse con una buena planificación.

 Si de la evaluación de riesgos se deduce la necesidad de adoptar medidas preventivas, se deberá:

• Eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección colectiva, de protección individual o de formación e información a los trabajadores. • Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.

 La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa, teniendo en cuenta:

a) Las condiciones de trabajo existentes o previstas.

b) La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.

 Las evaluaciones deberán revisarse periódicamente con la periodicidad que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

La evaluación de riesgos ha de quedar documentada, debiendo reflejarse, para cada puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar una medida preventiva, los siguientes datos:

a) Identificación del puesto de trabajo.

 b) El riesgo o riesgos existentes.

 c) La relación de trabajadores afectados.

 d) Resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes. e) Referencia a los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados, si procede.

 2. CONTROL Y REGISTRO DE ACTUACIONES:

La gestión de la PRL requiere que se mantenga un registro documental de sus actividades. El empresario debe realizar controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de servicios para detectar situaciones potencialmente peligrosas.

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