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Estructura del salario

ESTRUCTURA DEL SALARIO:

El salario se compone, por un lado, del salario base, que retribuye el trabajo prestado por el trabajador en función al tiempo trabajado u obra y, de otra parte, de los complementos salariales que se añaden al salario base, y retribuyen circunstancias o condiciones especiales del trabajador.

  SALARIO BASE: Es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra. Es el componente fijo del salario, y, por tanto, es un elemento esencial (tiene que existir).

Clasificación:

 Por unidad de tiempo.

 Por unidad de obra.

 Mixtos.

  • Unidad de tiempo: Cuando se atiende únicamente al tiempo trabajado, independientemente de su cantidad. La retribución se fija en función del tiempo trabajado, con independencia del resultado (por ejemplo: 1.200 € al mes).
  • Unidad de obra: Sólo se atiende a la cantidad o calidad de obra realizada, independientemente de su duración. Esta modalidad retributiva se conoce normalmente con el nombre de trabajo a destajo. La retribución se fija en función del resultado y con independencia del tiempo invertido (por ejemplo: 100 € por informe).
  • Forma mixta de retribución: Es la retribución más usual, al comprender ambos criterios. El trabajador percibe una cantidad fija garantizada por el tiempo de trabajo (unidad de tiempo) y comisiones u otro complemento variable en función del rendimiento obtenido (unidad de obra).

COMPLEMENTOS SALARIALES :

Son los conceptos que añadidos al salario base retribuyen circunstancias o cualidades del trabajador/a, condiciones y circunstancias específicas de la actividad laboral o condiciones propias de la empresa o sector.

CLASIFICACIÓN:

Los tipos de complementos contemplados por la ley son tres:

1. Complementos personales del/a trabajador/a.

2. Trabajo realizado o puesto de trabajo.

3. Resultados o situación de la empresa.

1- Complementos personales del/a trabajador/a:

 Derivan de condiciones personales del trabajador. Por ejemplo: Plus de antigüedad, plus de conocimientos especiales, plus de idiomas, etc.

2. Trabajo realizado o puesto de trabajo:

  • De puesto de trabajo: Retribuyen las características del puesto de trabajo concreto (por ejemplo: peligrosidad, penosidad, toxicidad, nocturnidad, turnicidad, disponibilidad, responsabilidad, …).
  • Peligrosidad: Cuando se está expuesto a riesgos de accidente o a agentes biológicos, es decir, los que son tradicionalmente abordados por la Prevención de Riesgos Laborales.
  • Penosidad: Cuando en el trabajo hay riesgos, bien por exposición a calor o frío, ruido, vibraciones, o bien por exceso de carga física y/o mental, por situaciones en las que el trabajador tenga que exponerse a olores desagradables o varios riesgos
  • Toxicidad: Relacionado con el uso o manipulación de sustancias que pueden suponer un riesgo excepcional para la salud del trabajador (inhalar contaminantes químicos, contacto repetido con irritantes dérmicos primarios de acción moderada -ácidos, aceites, desengrasantes, álcalis débiles

  • Por calidad o cantidad de trabajo: Retribuyen una mejor calidad o mayor cantidad de trabajo (por ejemplo: comisiones, incentivos, bonus, plus de puntualidad, plus de asistencia). Tradicionalmente se incluye dentro de este tipo de complementos a las horas extraordinarias.

3. Resultados o situación de la empresa:

 Hacen partícipes a los trabajadores de la marcha de la actividad empresarial (p.e.: paga de beneficios, stock options,…)

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