RENTAS DE REFERENCIA EN EL CÁLCULO DE DETERMINADAS PRESTACIONES.
La cuantía de las distintas prestaciones que ofrece el sistema de Seguridad Social en España varía en función de múltiples factores.
En su mayoría, las prestaciones económicas se calculan teniendo en cuenta las bases de cotización de los trabajadores que las solicitan, pero hay ocasiones en las que es necesario establecer unos indicadores conocidos como rentas de referencia, a partir de los cuales establecer criterios para la adjudicación y reparto de las prestaciones.
Son:
1. Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
2. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
1. Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas.
IPREM 2021:
▪ Mensual: 564,90 euros/mes.
▪ Anual: 6.778,80 euros/año.
▪ En cómputo anual (incluye prorrata de pagas extraordinarias): 7.908,60 euros.
IPREM 2022:
▪ Mensual: 579,02 euros/mes.
▪ Anual (12 pagas): 6.948,24 euros/año.
▪ Anual (14 pagas): 8.106.28 euros.
La Ley de Presupuestos Generales del año 2022 publicó el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples para el 2022: 19,30 euros de IPREM diario 579,02 euros de IPREM mensual 6.948,24 euros de IPREM anual 12 pagas 8.106,28 euros de IPREM anual 14 pagas
2. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI):
Es el que señala el Gobierno anualmente.
Se aplica para todas las actividades sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores.
Para los trabajadores por cuenta ajena, el SMI cumple la función de garantía salarial mínima. Su cuantía se fija previa consulta del Gobierno con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, teniendo en cuenta:
– Los índices de precios al consumo
– La productividad media nacional alcanzada
– El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional
– La coyuntura económica general. La cuantía se fija anualmente, aunque puede ser revisada semestralmente.
Se fija una cuantía diaria y otra mensual, según el salario esté fijado por días o por meses.
Para 2021, esta cuantía es la siguiente (art. 1 RD 817/2021):
– 32,17 euros/día
– 965 euros/mes
Año 2022 :
SMI en 2022
El SMI se ha subido el SMI 35 euros mensuales, por lo que el SMI de 2022 quedaría así:
- SMI 2022 mes (14 pagas): 1.000 euros.
- SMI 2022 mes (12 pagas): 1.166,67 euros.
- SMI 2022 año: 14.000 euros.
En el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, tras la prórroga inicial del Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre (D.A. 7.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre), se aplicarán las siguientes cuantías:
Periodo | Día | 14 pagas | 12 pagas | Anual | Personas trabajadoras eventuales y temporeras | Empleados de hogar |
Desde el 1 de enero de 2022 | 33,33 euros | 1.000 euros | 1.166,66 euros | 14.000 euros | 47,36 (por jornada legal en la actividad) | 7,82 euros (por hora efectivamente trabajada) |