BENEFICIARIOS
- Todos los trabajadores por cuenta ajena.
- Se excluyen los trabajadores por cuenta propia de los Regímenes Especiales de Trabajadores del Mar y Autónomos.
REQUISITOS
- Disfrutar la excedencia prevista en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores y las reducciones de jornada por cuidado de un menor o persona con discapacidad previstos en el artículo 37.5 del citado Estatuto.
QUIÉN GENERA EL DERECHO A LA PRESTACIÓN?
- Cada hijo, natural o adoptado, o menor acogido, en los supuestos de acogimiento familiar permanente o preadoptivo, aunque sean provisionales.
- Otros familiares, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen ninguna actividad retribuida.
PLAZOS
Las empresas deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de 15 días, el inicio y finalización de la excedencia con reserva del puesto de trabajo que disfruten sus trabajadores.
EFECTOS
A efectos de las prestaciones por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad, el período de excedencia considerado de “cotización efectiva” servirá para:
– Acreditar los períodos mínimos de cotización; determinar la base reguladora y el porcentaje aplicable en su caso; mantener el derecho a la asistencia sanitari, se considerará a los beneficiarios en situación de alta. a de la Seguridad Social.
- Durante dicho período
El período en que el trabajador permanezca en excedencia laboral que exceda del período considerado de cotización efectiva, será considerado en situación asimilada a la de alta para acceder a las prestaciones (salvo IT , maternidad y paternidad).
DENEGACIÓN Y/O EXTINCION
El derecho al reconocimiento de esta prestación es imprescriptible, por lo que se podrá alegar en todo momento, pudiendo dar lugar, en su caso, a la revisión de la cuantía de prestaciones ya reconocidas, así como el reconocimiento de nuevas prestaciones denegadas anteriormente por no haber sido computado.
