LA INFORMACIÓN AL EMPLEADO. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR EN LA COMUNICACIÓN DE VARIACIONES DE DATOS. NORMAS INTERNAS DE CONTROL DE PRESENCIA.
La empresa debe favorecer la integración y adaptación del/a trabajador/a que se incorpora a la misma. El/a empleado/a deberá ser informado/a de los procesos de trabajo que se desarrollan en la empresa y de lo que se espera de él/ella. Estas tareas suelen recogerse en el Manual de Acogida, en el que se recoge toda la información que necesita el/a trabajador/a. El objetivo del Manual de Acogida es hacer más rápido y más sencillo el proceso de adaptación del/a trabajador/a.
Contenido del manual de bienvenida:
1. Mensaje de bienvenida.
2. Presentación de la empresa (historia, misión, visión, valores).
3. Organigrama.
4. Marco normativo.
5. Descripción de las instalaciones y su utilización.
6. Medios materiales de trabajo y su normativa de uso.
7. Protocolos de aplicación y medidas de prevención de riesgos laborales. 8. Recursos formativos (planes de formación).
9. Guía de teléfonos, emails y direcciones de interés organizativo
- Obligaciones del/a trabajador/a en la comunicación de variación de datos:
Las empresas necesitan tener actualizados constantemente ciertos datos relacionados con el/a trabajador/a y con situaciones personales que afectan a la relación laboral.
Existen dos tipos de variaciones influyentes, las que afectan a la Seguridad Social, y las que afectan a Hacienda.
a) Las que afectan a la Seguridad Social:
- Tipo de contrato y coeficiente de jornada laboral.
- Variación de grupo de cotización.
- Fecha de variación.
- Ocupación.
B ) Las que afectan a la Hacienda Pública:
- Los/as trabajadores/as deben comunicar a la empresa la situación personal y familiar para que se les aplique la retención de IRPF que establece la legislación.
- El modelo 145, comunicación de datos al pagador, es un formulario de la Agencia Tributaria relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través del cual el/a trabajador/a comunica a su pagador (su empresa) su situación personal y familiar, lo que determinará el porcentaje de retención del IRPF que se aplique en su nómina. Por tanto, servirá para calcular la retención de IRPF que será aplicada en la nómina del/a trabajador cada mes.